Brasil: Resumen sobre el país de inmigración

El objetivo de este resumen sobre el país de inmigración es servir de guía y ofrecer un resumen de los requisitos de inmigración necesarios para el visado de negocios y la autorización de empleo para Brasil.  La información aquí facilitada se ofrece solo como guía y no debe considerarse un asesoramiento jurídico. En caso de dudas sobre la aplicabilidad de la presente información, póngase en contacto con el gerente de inmigración regional de Crown en América.

Resumen: visados de negocios

Los requisitos para el visado de entrada para las visitas a Brasil dependen de la nacionalidad del candidato. En base a acuerdos recíprocos, los ciudadanos de algunos países están exentos de visado para entrar en Brasil con fines de negocios en estancias de hasta 90 días.

Tipos de visados

Visado de Negocios (VITEM II)

Resumen: este visado autoriza a entrar una vez a Brasil para una breve visita de negocios. Estancia máxima: 90 días, prorrogable por otros 90 días.

Tiempo de tramitación: por lo general, un visado requiere en cualquier parte de dos días a tres semanas dependiendo de la Embajada/Consulado.

Actividades permitidas:

  • asistir a reuniones, seminarios, conferencias

  • participar en ferias/conferencias industriales o acudir a ellas como expositor

  • explorar oportunidades de negocios

  • negociar contratos.

Restricciones o requisitos especiales

Si la persona va a generar beneficios a la fuente brasileña, percibir una compensación de la fuente brasileña o recibir instrucciones de la fuente brasileña, necesitará un permiso de trabajo. Es ilegal ofrecer formación profesional, asistencia técnica o realizar tareas de voluntariado, así como cualquier actividad laboral con un visado de negocios. Los transgresores están sujetos a graves sanciones de inmigración aplicables en Brasil.

Resumen: autorización de empleo

Los nacionales extranjeros que deseen trabajar o prestar un servicio remunerado en Brasil deben obtener la autorización de empleo. Existen varias categorías de solicitud dependiendo de la finalidad y duración de la estancia.

Tipos de permiso de trabajo Visado Temporal (VITEM V) – Contrato de empleo

Este programa se dirige a todos los extranjeros interesados en trabajar en Brasil. Este tipo de visado se concede a las personas que viajan a Brasil para trabajar y/o realizar cualquier servicio con contrato, incluyendo científicos, investigadores, técnicos, profesionales, etc.

Estancia máxima: dos años, posibilidad de ampliarlo otros dos años. Tras este periodo de cuatro años existe la opción de solicitar la residencia permanente.

Tiempo de tramitación: aproximadamente de tres a seis meses hasta la llegada a Brasil y un periodo adicional de cuatro a seis meses tras la llegada.

Dependientes: los poseedores del visado de empleo pueden llevar consigo a su cónyuge e hijos de menos de 21 años para que vivan con él durante su estancia en Brasil.

Visado Temporal (VITEM V) – Aprendiz

Este programa está dirigido a nacionales extranjeros que recibirán una formación en un sector de su compañía en Brasil. Estancia máxima: un año, no ampliable.

Tiempo de tramitación: aproximadamente de tres a seis meses hasta la llegada a Brasil y un periodo adicional de cuatro a seis meses tras la llegada.

Dependientes: los poseedores del visado de empleo pueden llevar consigo a su cónyuge e hijos de menos de 21 años para que vivan con él durante su estancia en Brasil.

Visado Temporal (VITEM VI) - Medios de comunicación

Este programa está pensado para los corresponsales de medios de comunicación. Estancia máxima: dos años.

Dependientes: los poseedores del visado de empleo pueden llevar consigo a su cónyuge e hijos de menos de 21 años para que vivan con él durante su estancia en Brasil.

Tiempo de tramitación: aproximadamente de tres a seis meses hasta la llegada a Brasil y un periodo adicional de cuatro a seis meses tras la llegada.

Dependientes: los poseedores del visado de empleo pueden llevar consigo a su cónyuge e hijos de menos de 21 años para que vivan con él durante su estancia en Brasil.

Visado Temporal (VITEM III) - Artistas/ deportistas

Este programa se dirige a artistas profesionales, músicos o deportistas que desean actuar en Brasil. Estancia máxima: 90 días.

Tiempo de tramitación: aproximadamente de tres a seis meses hasta la llegada a Brasil y un periodo adicional de cuatro a seis meses tras la llegada.

Dependientes: los poseedores del visado de empleo pueden llevar consigo a su cónyuge e hijos menores de 21 años para que vivan con él durante su estancia en Brasil.

Visado de residencia temporal para nacionales extranjeros de países del Mercosur, Bolivia, Chile y Colombia.

Los nacionales de países del Mercosur, Bolivia, Chile y Colombia y sus dependientes legales, sin importar su nacionalidad, pueden optar al permiso de residencia temporal para vivir en Brasil. Este permiso de residencia temporal, llamado “Residência Temporária”, es un visado temporal válido durante dos años (ampliable posteriormente como visado permanente).

Estancia máxima: dos años. Tiempo de tramitación: aproximadamente de tres a seis meses.

Dependientes: los poseedores del visado de empleo pueden llevar consigo a su cónyuge e hijos menores de 21 años para que vivan con él durante su estancia en Brasil.

Visado Permanente (VIPER) -  Administrador

Para los candidatos trasladados a un puesto de trabajo como director superior en una filial brasileña. La empresa matriz está sujeta a un requisito mínimo de invertir al menos US$ 200.000 por visado en la filial de Brasil y de documentar su aportación de valor a Brasil en forma de mayor productividad, transferencia tecnológica o beneficios sociales. Este visado también se concede a administradores, gerentes o directores de compañías de nueva creación, las cuales no están obligadas a la inversión mínima ni a los criterios de creación de empleo que se aplican a las compañías establecidas.

Estancia máxima: permanente. Tiempo de tramitación: aproximadamente de tres a seis meses hasta la llegada a Brasil y un periodo adicional de cuatro a seis meses tras la llegada.

Dependientes: los extranjeros que hayan adquirido la residencia permanente también pueden patrocinar a su cónyuge, miembros directos de la familia o dependientes para que vivan con ellos en Brasil.

Información adicional y guías útiles